Tras más de un siglo de historia del código anterior, este 3 de agosto de 2026 rige formalmente el nuevo marco penal. Sin embargo, las modificaciones recientes aprobadas por el Congreso quedan suspendidas temporalmente hasta su publicación oficial.
SANTO DOMINGO. – A partir de este lunes 3 de agosto de 2026, la República Dominicana entra oficialmente en una nueva era jurídica con la entrada en vigencia del nuevo Código Penal, dejando atrás una legislación que acumulaba más de 141 años de historia.
No obstante, la jornada arranca bajo un escenario de gran complejidad técnica y jurídica. Según información oficial dada a conocer por el Listín Diario, si bien el texto base del Código Penal entra en vigor este lunes, las reformas aprobadas en las últimas semanas quedan temporalmente en pausa.
¿Por qué las reformas están suspendidas?
Existe una confusión generalizada, incluso entre profesionales del derecho, que asume que las modificaciones introducidas recientemente se aplican de inmediato. En la práctica, conforme al artículo 1 del Código Civil, estas enmiendas solo adquieren carácter obligatorio una vez que transcurren los plazos legales posteriores a su publicación oficial.
Debido a que la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo se encuentra ultimando la edición especial de la Gaceta Oficial (que se difundirá primero en formato digital y luego impreso), las modificaciones permanecen suspendidas. Esto genera un efecto legal directo:
A quien cometa un delito a partir de este lunes se le aplicará el texto del código aprobado el año pasado sin las enmiendas, salvo en los casos en que la versión reformada le resulte formalmente más favorable (principio de favorabilidad).
Esta dinámica provocará una entrada en vigor territorialmente desfasada para las reformas, aplicando de manera prioritaria en el Distrito Nacional y posteriormente en el resto de las provincias del país, como la provincia de Santo Domingo.
Ante estas trabas procedimentales, recientemente se sometió un proyecto legislativo al Congreso Nacional para modificar el artículo 1 del Código Civil y resolver estos inconvenientes de promulgación.
Aplicación de la ley y principio de irretroactividad
Conforme al artículo 393 de la Ley 74-25, los tribunales de todo el territorio nacional quedan formalmente habilitados desde este lunes para juzgar bajo decenas de nuevas figuras penales y castigos que antes no estaban contemplados en el ordenamiento jurídico.
Sin embargo, la puesta en marcha de este marco penal no opera de forma automática para los expedientes en curso. El artículo 110 de la Constitución dominicana consagra la irretroactividad de la ley: las normas disponen únicamente para el porvenir y solo tienen efecto retroactivo «cuando sea favorable al que esté sub júdice o cumpliendo condena».
Cambios pendientes que entrarán con la Gaceta Oficial
Entre los ajustes introducidos por el Senado y la Cámara de Diputados que comenzarán a regir tan pronto se cumplan los plazos tras su publicación figuran importantes disposiciones sobre libertad de expresión, ejercicio médico, responsabilidad penal de corporaciones, delitos contra menores y corrupción administrativa:
Estafa agravada: Sancionada con penas de 5 a 10 años de prisión, abarcando específicamente la venta o promesa de bienes en plano tras recibir pagos parciales o totales.
Difusión de audios o imágenes sin consentimiento (Art. 192): Castigada con hasta un año de prisión, exclusivamente cuando ocurra en el ámbito privado o exista una expectativa razonable de confidencialidad.
Reducción de penas: En el delito de perjurio (Art. 207), la sanción bajó de un rango de 5-10 años a 2-5 años de prisión. Para la difamación (Art. 208), la pena se redujo de 2-5 años a 1-2 años de prisión.
Excepción en difamación e injuria (Art. 211): Se establece que no se considerarán difamatorias ni injuriosas las críticas relativas a la corrupción, las políticas públicas o los servicios públicos, siempre y cuando se basen en elementos probatorios o en una verificación razonable de la información.
Comisión de seguimiento presidencial
Para dar estricto seguimiento a la implementación del nuevo código y canalizar eventuales revisiones o mejoras al marco normativo penal, el presidente de la República, Luis Abinader, conformó una comisión especial de alto nivel.
Esta mesa de trabajo está integrada por reconocidos juristas y comunicadores, encabezada por el expresidente del Tribunal Constitucional, Milton Ray Guevara, y los especialistas en derecho Leyda Margarita Piña Medrano, Pedro Balbuena, Ricardo Rojas León, Julio César Castaños Guzmán, Luz Díaz, José Lorenzo Fermín, Eduardo Jorge Prats y Alejandro Moscoso Segarra, además de los directores de medios Persio Maldonado y Aníbal de Castro.