El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional otorgó una prórroga de 10 días hábiles para concluir la redacción motivada de un proceso judicial calificado por su enorme complejidad y volumen probatorio, que se extendió por 658 días de juicio oral.
SANTO DOMINGO. – El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional fijó para el próximo 23 de septiembre de 2026, a las 2:00 de la tarde, la lectura íntegra de la sentencia dictada en el proceso judicial seguido contra el mayor general Adán Cáceres Silvestre, el general Juan Carlos Torres Robiou y los demás implicados en redes de corrupción administrativa y lavado de activos.
La decisión de aplazar la lectura fue tomada por el tribunal presidido por la magistrada Gissell Méndez, tras ponderar los requerimientos técnicos y jurídicos necesarios para concluir la redacción y revisión de la fundamentación motivada de la sentencia escrita.
Un caso de alta complejidad y gran volumen probatorio
La magnitud del expediente judicial se evidencia en los datos ofrecidos por la jurisdicción: el juicio oral abarcó 658 días calendario, involucrando a 36 acusados (29 personas físicas y 7 jurídicas), además de la participación de 18 intervinientes voluntarios.
Asimismo, durante los debates se evaluó un robusto arsenal probatorio compuesto por:
319 testimonios.
4,081 pruebas documentales.
146 pruebas periciales.
114 pruebas materiales.
El tribunal recordó que la lectura oral del dispositivo de la sentencia se extendió por aproximadamente 11 horas, abarcando una parte dispositiva de 41 ordinales contenidos en 88 páginas. Sin embargo, recalcaron que la debida fundamentación de todos los aspectos juzgados exige una revisión exhaustiva para garantizar la coherencia y la tutela judicial efectiva.
Extensión del plazo legal
Aunque el plazo ordinario para la presentación de la sentencia concluía el 8 de septiembre de 2026, el tribunal estimó razonable conceder una extensión adicional de 10 días hábiles para garantizar la solidez jurídica del documento definitivo.
A partir de la notificación formal de esta lectura íntegra comenzarán a correr los plazos legales establecidos para que las defensas de los condenados puedan interponer los recursos de apelación correspondientes.