Mediante la sentencia TC/0736/26, el alto tribunal impuso una nueva liquidación de astreinte a la institución del orden por incumplir fallos relativos a los derechos adquiridos de la viuda de un general retirado, reafirmando un patrón histórico de resistencia al cumplimiento judicial.
SANTO DOMINGO. – La Dirección General de la Policía Nacional se consolida como la entidad pública más reacia en acatar los dictámenes de la justicia constitucional en la República Dominicana. Así lo evidencia el reciente fallo emitido por el Pleno del Tribunal Constitucional (TC), contenido en la sentencia TC/0736/26, dictada el pasado viernes 7 de agosto de 2026, la cual condena a la institución del orden al pago de RD$2,845,000.00 a favor de Dulce María Lora Solís, viuda del general de brigada en retiro José Antonio Feliciano Castillo.
La sanción económica responde al mecanismo de astreinte —una multa conminatoria diaria fijada en RD$5,000— generada por la persistente negativa de la Policía a cumplir de manera íntegra con una sentencia original del año 2022 que ordenaba reconocer el ascenso del oficial y honrar el diferencial retroactivo de su pensión.
Un historial prolongado de incumplimiento
El caso de la familia Feliciano Castillo expone las trabas burocráticas y el desgaste procesal al que se enfrentan los ciudadanos para hacer valer sus derechos fundamentales. Este expediente acumula múltiples intervenciones del máximo tribunal:
Sentencia original (TC/0103/22): Ordenó reconocer formalmente el retiro de Feliciano Castillo con el rango de general de brigada (otorgado mediante orden general en 2007) y pagar el retroactivo de la pensión dejado de percibir desde marzo de 2007 hasta septiembre de 2019, fijando una astreinte diaria de RD$5,000 en caso de retraso.
Fallecimiento y primera liquidación (TC/0364/25): Tras el deceso del oficial en enero de 2020, su viuda asumió la representación legal. En junio de 2025, el TC emitió una primera liquidación por RD$3,610,000.00 debido a la falta de ejecución.
Nueva condena (TC/0736/26): Aunque la institución policial reconoció en julio de 2025 la pensión actualizada de la cónyuge sobreviviente (fijada en RD$40,471.54 mensuales), omitió por completo el pago retroactivo del diferencial histórico. Ante esto, el tribunal calculó 569 días adicionales de retraso entre julio de 2024 y enero de 2026, elevando la nueva penalidad a RD$2,845,000.00.
La sentencia fue aprobada a unanimidad por el Pleno del TC, encabezado por su presidente Napoleón R. Estévez Lavandier, junto a los magistrados que integran la alta corte.
La Policía lidera lista de entidades desacatadas
El expediente de la familia Feliciano no constituye un hecho aislado. Un balance institucional elaborado por el propio Tribunal Constitucional posiciona a la Policía Nacional como la entidad del Estado dominicano con el mayor volumen de veredictos desacatados, acumulando decenas de decisiones desobedecidas.
A este listado de instituciones públicas que en distintos momentos han infringido las disposiciones constitucionales se suman ministerios clave como Presidencia, Interior y Policía, Educación, Hacienda, Salud Pública, Obras Públicas, Defensa, Relaciones Exteriores y Medio Ambiente, además de la Procuraduría General de la República, direcciones generales (como Migración, Aduanas e Impuestos Internos), diversas alcaldías municipales del país y organismos descentralizados.
Organizaciones de la sociedad civil han señalado reiteradamente que la insuficiencia práctica de las astreintes —las cuales terminan acumulándose como deudas del Estado sin garantizar una tutela judicial efectiva— debilita el Estado de derecho y vulnera los derechos sociales fundamentales de los ciudadanos, especialmente en materia de pensiones y seguridad social.