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Wilson Camacho destaca la trascendencia del nuevo Código Penal y aclara su entrada en vigencia para este miércoles 5 de agosto

El procurador adjunto Wilson Camacho durante una intervención sobre el sistema de justicia dominicano.

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 El titular de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público subrayó que la normativa, Ley 74-25, incorpora más de 70 nuevos tipos penales para modernizar la justicia dominicana tras sustituir el Código Napoleónico de 1810.

Wilson Camacho destaca trascendencia del nuevo Código Penal que entra en vigencia este miércoles

SANTO DOMINGO. – El procurador adjunto y titular de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho, resaltó este martes la profunda trascendencia que representa para el sistema de justicia el nuevo Código Penal (Ley 74-25), y aclaró de manera oficial que su entrada en vigencia se producirá este miércoles 5 de agosto.

El magistrado indicó que esta pieza legislativa marca un hito histórico al desplazar al antiguo Código Napoleónico que regía en el país desde 1810, dotando al Estado dominicano de herramientas vanguardistas acordes con las exigencias de la criminalidad moderna.

Más de 70 nuevos tipos penales y capacitación fiscal

Camacho detalló que la nueva normativa incorpora más de 70 nuevos tipos penales, lo cual fortalecerá de manera significativa la política criminal y el Estado de Derecho en la República Dominicana.

Ante este nuevo escenario jurídico, el procurador adjunto aseguró que el Ministerio Público ha desarrollado un proceso exhaustivo de capacitación y formación continua dirigido a los fiscales a nivel nacional, con el objetivo de garantizar una aplicación inmediata, rigurosa y eficiente de la ley desde el primer momento de su vigencia.

Aclaratoria sobre la fecha de entrada en vigor

Respecto a las confusiones surgidas en torno al día exacto de la implementación, Camacho zanjó el debate explicando que la Ley 74-25 fijó un plazo de vacatio legis de un año computado a partir de su promulgación oficial, efectuada el 5 de agosto de 2025.

«La confusión sobre si el Código entraba en vigencia el 3 o el 5 de agosto se dio a partir de su aprobación, pero el mandato expreso de la ley fija su vigencia a partir de su promulgación. Por ende, debemos esperar al próximo miércoles para su entrada en vigor», puntualizó el magistrado.

Asimismo, hizo referencia a la Ley 44-26, la cual introdujo modificaciones recientes a la pieza penal y dispone en sus artículos 30 y 31 su aplicación conjunta con la normativa precedente. En este punto, Camacho precisó que el artículo 31 establece una excepción temporal únicamente para la responsabilidad penal de las personas jurídicas (empresas), cuya entrada en vigor comenzará a surtir efecto a los tres meses contados a partir de este 5 de agosto.

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