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Nuevo Código Penal amplía agravantes por homicidios contra menores, embarazadas y personas vulnerables con penas de hasta 40 años

Nuevo Código Penal amplía agravantes por homicidios contra menores y vulnerables

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 La procuradora Yeni Berenice Reynoso explicó que el nuevo Código Penal establece penas de 30 a 40 años para homicidios agravados, ampliando las protecciones para menores, embarazadas y personas vulnerables.

La procuradora Yeni Berenice Reynoso detalló que el nuevo Código Penal fija penas de 30 a 40 años para homicidios agravados contra menores, embarazadas y personas vulnerables.

SANTO DOMINGO. – El nuevo Código Penal de la República Dominicana amplía de manera significativa el catálogo de circunstancias bajo las cuales un homicidio pasa a ser considerado agravado, estableciendo penas severas de entre 30 y 40 años de prisión para estos delitos, según detalló este jueves la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso.

Durante su participación en el Encuentro Industrial «Nuevo Código Penal: Aportes al fortalecimiento de la seguridad jurídica y la competitividad», organizado por la Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD), la magistrada explicó que la legislación moderniza el tratamiento de este tipo penal y eleva también la sanción mínima para el homicidio simple, el cual pasa de una escala de 3 a 20 años a una de 5 a 20 años de cárcel.

Ampliación de las circunstancias agravantes

Reynoso indicó que, si bien la legislación anterior fundamentaba el homicidio agravado principalmente en la premeditación o la acechanza, el nuevo marco normativo extiende la casuística para salvaguardar a sectores poblacionales en situación de vulnerabilidad o frente a contextos particulares de riesgo.

Entre las nuevas agravantes incorporadas destacan los crímenes cometidos contra:

  • Niños, niñas y adolescentes.

  • Mujeres embarazadas.

  • Ascendientes, descendientes y determinados vínculos de parentesco.

  • Personas en condiciones de vulnerabilidad por razones de edad, enfermedad o discapacidad.

  • Víctimas que contaban con una orden de protección o alejamiento previa contra su agresor.

  • Testigos, querellantes, actores civiles o abogados postulantes, cuando el ataque esté motivado por su participación en procesos judiciales.

«Ya no solo el homicidio es agravado por la premeditación o la acechanza. Se amplió bastante la casuística en la cual el homicidio es agravado», enfatizó la procuradora ante los representantes del sector industrial.

Tipificación del feminicidio y retos en la prevención

La titular del Ministerio Público resaltó asimismo la inclusión formal del feminicidio dentro del nuevo articulado penal, calificándolo como un avance indispensable frente a la criminalidad de género en el país.

No obstante, Reynoso advirtió que el andamiaje punitivo por sí solo resulta insuficiente para erradicar el problema. Al respecto, reveló que en lo que va de 2026 se han registrado 62 feminicidios, señalando como datos críticos que el 89 % de las víctimas nunca había presentado una denuncia previa y que cerca del 25 % de los agresores se suicida tras cometer el crimen, lo que evidencia la urgencia de redoblar los mecanismos de prevención temprana y atención integral.

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