Las Salas Reunidas de la SCJ rechazaron el recurso de la Cámara de Cuentas contra Inteligencia Legal, cerrando un litigio de cinco años sobre contratos de defensa legal.
SANTO DOMINGO. – Las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) rechazaron en todas sus partes el segundo recurso de casación interpuesto por la Cámara de Cuentas de la República Dominicana (CCRD) contra la firma de abogados Inteligencia Legal, SRL, poniendo fin a un litigio judicial iniciado en el año 2021.
Mediante la Sentencia núm. SCJ-SR-26-00319, el alto tribunal confirmó el criterio de la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) —que actuó como tribunal de envío tras un fallo previo de la Tercera Sala de la SCJ—, la cual había desestimado la pretensión de la institución fiscalizadora de anular, a través de una acción de lesividad, un acto administrativo dictado por el propio organismo que había aprobado la contratación de servicios profesionales.
Razonamientos de la alta corte y vulneración al debido proceso
El conflicto se originó cuando la Cámara de Cuentas intentó dejar sin efecto el contrato de asesoría y representación legal que había otorgado formalmente a la firma. Sin embargo, la Suprema Corte determinó que, cuando la Administración Pública procura afectar un acto favorable que ha reconocido derechos, se exige un «especial rigor» en la protección de la seguridad jurídica, la confianza legítima y el debido proceso.
La SCJ concluyó que el órgano fiscalizador no estableció de manera suficiente ni concreta cuáles eran las razones de ilegalidad ni la lesión específica al interés público que justificaban impugnar el acto. Según las Salas Reunidas, dicha insuficiencia argumentativa impidió que la firma ejerciera plenamente su derecho de defensa. Asimismo, la sentencia descartó que el tribunal de envío hubiese incurrido en desnaturalización de los hechos, omisión de pruebas o errores de derecho, validando la correcta aplicación del marco normativo.
Reacción de la defensa e antecedentes del caso
Tras conocerse el fallo definitivo, el abogado Julio Cury, socio fundador de Inteligencia Legal, ponderó el alcance institucional de la decisión adoptada por el máximo tribunal de justicia del país.
«Después de cinco años, dos casaciones y un juicio de reenvío, quedó definitivamente establecido que una institución no puede desconocer derechos ya reconocidos sin ofrecer razones serias y verificables, un principio esencial del Estado de derecho. Tiene que explicar qué ilegalidad concreta existe y qué interés público ha sido efectivamente lesionado», expresó Cury, al calificar la resolución como una victoria para el debido proceso.
Origen del contrato
El diferendo se remonta al 25 de marzo de 2021, fecha en la que el pleno de la Cámara de Cuentas aprobó contratar a Inteligencia Legal por un monto de 4.5 millones de pesos más impuestos, con el objetivo de asumir la representación institucional en diversas diligencias frente al Ministerio Público —incluyendo instancias de resolución de peticiones, respuestas a recursos, solicitudes de nulidad de allanamientos y otras acciones constitucionales o legales—. En esa misma sesión se autorizó la contratación del jurista Francisco Franco Soto por 1.5 millones de pesos para una acción de inconstitucionalidad por conflicto de competencias.
Con este fallo inapelable de las Salas Reunidas de la SCJ, queda consolidado el criterio de que la Administración Pública se encuentra plenamente sometida al ordenamiento jurídico y a los estándares de motivación reforzada cuando pretende revisar sus propias actuaciones.